
El Formulario 1040 es un instrumento recibido por el Seguro Social del Perú, este tiene la intención por parte interesada de solicitar la ayuda económica ofrecida por las instancias gubernamentales a todas aquellas madres de niños recién nacidos. El beneficio consolida la protección al menor lactante y busca asegurar mejoras en sus condiciones de vida.
Actualmente el monto por lactante es de más de 800,00 Soles mensuales. Para la solicitud es necesario seguir una serie de pasos y cumplir con los requisitos de ley. A continuación describiremos los elementos a necesitar para formular la solicitud pertinente, así como los pasos más acertados para obtener con éxito la buena recepción del formulario 1040.
Requisitos
El primer elemento a considerar para formular la solicitud de la ayuda por lactante a través del formulario 1040, es tener las cuentas de aporte y contribución al día. Eso quiere decir que se debe estar solvente tanto en los últimos 3 meses anteriores a la contingencia, de igual forma la solvencia está aplicada en los 4 meses no consecutivos pero que estén incluidos en los últimos 6 meses anteriores al nacimiento del lactante.
En cualquiera de los casos, sean consecutivos o no, lo necesario es no presentar faltas en los pagos contributivos de ley. Por otra parte la contingencia o nacimiento del lactante cuenta como hecho trascendental, prueba de ello es que se debe poseer algún estatus laboral activo al momento del parto.
Para la solicitud con el formulario 1040, el nombre del lactante debe estar inscrito como derechohabiente de sus progenitores, a fin que pueda gozar del respaldo de ley sobre la legitimidad de su nacimiento. En los casos en que la madre no esté asegurada debe estar inscrita en el sistema Essalud. Por último si el lactante ha fallecido puede ser registrado posteriormente al suceso.
Documentación a Presentar
Una vez que hemos constatado que cumplimos con los requisitos comentados anteriormente, podemos hacer la gestión para solicitar esta valiosa ayuda para los lactantes. Los documentos que se deben consignar consta en primer lugar del conocido Formulario 1040, en éste requisito los datos que deben alojarse constan de:
- Datos del Titular asegurado
- Datos del Beneficiario, en el caso que sea de lactancia materna.
- Datos de Solicitud, donde se especifican las causas del proceso.
- Información complementaria, en relación a la atención médica recibida.
- Datos de Sepelio para los casos de inscripción póstuma.
Para rellenar el documento del Formulario 1040 es importante tener en cuenta que se hace en los casos de incapacidad laboral por lactancia, maternidad activa o sepelio. Todos los datos aportados deben estar actualizados, el mínimo detalle o la no información oportuna puede acarrear el estancamiento o anulación temporal del proceso de solicitud.
Además del Formulario 1040 pueden existir casos especiales que requieran el anexo de comprobantes para ciertas condiciones. Si el proceso lo realiza un tercero y no un familiar directo, se debe presentar la documentación original de la persona, así como una carta de poder o aval que estipule la correcta representación ante las instancias legales.
En los casos en que la madre haya fallecido, se deben consignar el acta de defunción o documento relativo. Seguido de ello, el tutor debe presentar la carta que avale la tutoría detallando los motivos que la orientaron. Caso peculiar puede ser también, el que la madre sea menor de edad o no presente credenciales de labor profesional activa, en esas realidades la documentación que debe presentar es la del tutor de esta.
Responsable del Proceso y últimos pasos
Como ya se ha dicho, la madre en primera instancia es la responsable directa de la solicitud. Luego de ella, lo puede formular el padre o tutor certificado por la ley. En caso de ser niños abandonados, las instancias que lo cuidan y protegen pueden hacer la solicitud. En casos de menores de edad, lo realizan los tutores de la madre.
Para finalizar el proceso basta con llevar a las oficinas del seguro social, todos los documentos requeridos en horario de atención al público a saber, de lunes a viernes de 8:00 am a 4:00pm y sábados de 8:00am a 12:00m. En Lima están disponibles 10 oficinas habilitadas, mientras que en las provincias el número de departamentos es de 25 establecimientos activos.